Skip to main content

Home/ enreda2/ Group items tagged código penal

Rss Feed Group items tagged

Manuel Fernández Pena

Ley Orgánica Código Penal 10/1995 - 0 views

  • Artículo 186. El que, por cualquier medio directo, difundiere, vendiere o exhibiere material pornográfico entre menores de edad o incapaces, será castigado con la pena de multa de tres a diez meses.
  • Artículo 189. 1. El que utilizare a un menor de edad o a un incapaz con fines o en espectáculos exhibicionistas o pornográficos será castigado con la pena de prisión de uno a tres años. 2. El que tuviere bajo su potestad, tutela, guarda o acogimiento un menor de edad o incapaz y que, con noticia de la prostitución de éste, no haga lo posible para impedir su continuación en tal estado, o no acudiere a la autoridad para el mismo fin si carece de medios para su custodia, incurrirá en la pena de multa de tres a diez meses. 3. El Ministerio Fiscal promoverá las acciones pertinentes con objeto de privar de la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar, a la persona que incurra en alguna de las conductas mencionadas en el párrafo anterior.
  •  
    Añado el Código Penal en búsqueda del Boletín Oficial del Estado para compartir los artículos referencia de la utilización de material de pornografía infantil, esto son el art.186 y el art.189 entre otros.
Manuel Fernández Pena

Delito de pornografía infantil - 0 views

  •  
    Artículo muy interesante acerca de la pornografía infantil, detallando desde los artículos del código penal relacionados, diferentes sentencias del Tribunal Supremo, hasta diferentes modos de prevención y de detección.
Manuel Fernández Pena

Revista legal | Ciberbullying & Grooming - Acoso en Internet | DelitosInformaticos.com - 0 views

  • ANÁLISIS JURÍDICO del CIBERBULLYING El ciberbullying puede plasmarse en diferentes tipos de actuaciones, cuya trascendencia, desde el punto de vista jurídico, varía en gran medida dependiendo de cuál se trate, pudiendo llegar un mismo acto a ser constitutivo de varios delitos. De esta manera, los principales delitos que son constitutivos de ciberbullying pueden ser el delito de amenazas, las coacciones, injurias o calumnias:
  • 1. Amenazas. Se encuentran reguladas en los artículos 169 y 171 del Código Penal. Los elementos principales que requiere la comisión de este delito son: – Que exista un amenaza, – Que la amenaza consista en causar un mal (sea delito o no) y – Que exista una condición para no causar dicho mal. En la gran mayoría de los casos, las amenazas constituyen la situación de acoso vivida por la víctima en la vida física (centros escolares), encontrándose indefenso ante el ataque reiterado por parte del acosador. El mal con el que se amenaza a la víctima puede ser constitutivo de delito o no, pero debe destacarse cómo la amenaza más empleada en Internet se encuentra directamente relacionada con el honor y la intimidad del afectado, existiendo casos en los que el coaccionador intimida a su víctima con la publicación de imágenes o videos que pueden situarlo en una posición comprometida respecto a terceros.
  • 2. Coacciones. Las coacciones vienen reguladas en el artículo 172 del CP. La comisión de este delito requiere del cumplimiento de los siguientes elementos: – Que se obligue a un tercero a hacer o dejar de hacer algo y – Que dicha obligación se lleve a cabo mediante violencia. Es posible que durante el acoso se produzca un delito de coacciones, siempre y cuando exista violencia. El elemento violencia deber ser entendido en su sentido más amplio, comprendiendo tanto la violencia física como la psíquica, y aplicada sobre las personas o sobre las cosas.
  • ...2 more annotations...
  • 3. Injurias. Vienen reguladas en los artículos 205 y 207 del CP. Los elementos principales para que podamos encontrarnos con injurias son: – Que exista una acción o expresión y – Que se lesione la dignidad, fama o propia estimación. La acción constitutiva de injuria es normalmente una expresión, consistente en imputar hechos falsos o juicios de valor, que pueden realizarse verbalmente o por escrito, o también de un modo simbólico como las mismas caricaturas, emblemas, etc. En relación con la transcendencia que adquieren este tipo de conductas en el mundo online, deben tenerse en cuenta situaciones y conductas que ya existían previamente en el mundo físico y que causaban importantes daños a los afectados.
  • 4. Calumnias. Las calumnias se encuentran reguladas en los artículos 208 y 210 del CP. Para la comisión de este delito se requiere cumplir los siguientes requisitos: – Que exista una imputación de un delito, – Que la imputación sea falsa, – Que la imputación del delito sea sobre un hecho concreto y – Que la imputación se realice sobre una persona determinada o que se pueda determinar. Aunque suelen ser los menos frecuentes entre los acosos realizados a través de los medios online, es perfectamente posible que junto con las injurias, se asocie la imputación de delitos falsos que no se han cometido.
  •  
    Esta es una web que informa a los internautas acerca de como enfrentarse a los tipos de delitos que existen en la actualidad. Dentro del apartado de ciberacoso encontramos el análisis jurídico del ciberbullying, que se divide en 4 tipos de delitos.
1 - 3 of 3
Showing 20 items per page